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Recientes reformas legislativas en  México le han otorgado atribuciones  de perito valuador y limitadas facultades sobre la fe pública restringida a  los actos mercantiles y las funciones  especí?cas de banca y crédito, pues el  valor jurídico que se pretende tutelar  es la imparcialidad que debe prevalecer en las transacciones o intercambio de bienes, en las cuales el  corredor podría intervenir ya como  parte interesada en negociaciones  u operaciones, como en calidad de  perito y por último de fedatario,  actuación esta última que podría  viciarse por intereses particulares de  intermediación y del dictamen pericial, consecuentemente, su actuación  de fedatario se desvirtuaría y no  otorgaría la seguridad, autenticidad  e imparcialidad en los actos jurídicos  que le corresponda redactar o hacer  constar, independientemente de la  falta de con?anza y credibilidad en  sus actuaciones al constituirse parte  interesada. Habría que preguntarse  cuál es la verdadera intención de la  iniciativa que pretende añadir indebidamente a una institución facultades  que no le corresponden, puesto que  no es la idónea para ejercerlas en los  actos de fe pública.
 

Notario Carlos Francisco Dagdug Cadenas 

En nuestra diaria labor como Notarios Públicos, además de atender al cliente o solicitante de nuestros servicios, debemos de concentrarnos en lo esencial: la elaboración del correspondiente instrumento público.
 

Notario José Antonio González Romero

Re?exiones sobre las Disposiciones ante la Propia Incapacidad

Me ha inquietado por mucho tiempo la posibilidad de una futura incapacidad, pero ante la laguna legislativa en nuestro Código Civil, un día tomé papel y lápiz y decidí escribir lo que en mi mente revoloteaba con inquietud.
 

Notario Rafael Vargas Aceves

Conferencia pronunciada el día 03 de diciembre de 2004, dentro del encuentro de juristas de la Feria Internacional del Libro, auspiciada por la Universidad de Guadalajara.
 

Doctor José Alfredo Sánchez Cordero
Vicepresidente del Consejo de Dirección del Instituto Internacional de Uni?cación del Derecho Privado

Los Contratos Publicitarios

Podríamos pensar que los contratos publicitarios constituyen un género del que son desprendibles muchas variedades de acciones, especies diversas productoras de diferentes comportamientos obligacionales.
 

Notario Carlos Enrigue Zuloaga

Testamento Vital

El Testamento Vital surge como consecuencia del Consejo de Europa, así como de los derechos del hombre y la biomedicina; se reguló por primera vez en la legislación catalana, está también admitido en España y resulta que el formato que le fue dado, por la manifestación, está basado en el contenido que aprobó la asamblea de la Iglesia Católica: se trata de una manifestación de voluntad en la que la persona, que va a ser el paciente, mani?esta cómo quiere que se le trate en lo que considera ha de ser su última enfermedad.
 

Notario Ángel Serrano de Nicolás
Notario de Barcelona, España

Sociedades Unimembres

El notario Enrique Barbera, tristemente fallecido, fue el que por primera vez consiguió que a través de una resolución de la Dirección General se reconocieran las sociedades llamadas en España de carácter unipersonal, antes incluso de que se produjese la transposición de las directivas.
 

Notario Ángel Serrano de Nicolás
Notario de Barcelona, España

Conferencia pronunciada en el Colegio de Notarios del Estado de Jalisco el día sábado 23 de abril de 2005.
 

Doctor José Barragán y Barragán 

Diversas Contestaciones sobre el Pronunciamento del Consejo de Notarios Frente a la Iniciativa de Reformas a la Ley Federal de

Diversas Contestaciones sobre el  Pronunciamento del Consejo de Notarios Frente a la Iniciativa de Reformas a la Ley Federal de Correduría Pública
 

Consejo de Notarios de Jalisco

La Factibilidad de Otorgar Dividendos en Especie

La legislación mexicana no precisa lo  que debe de entenderse por dividendo,  sin embargo doctrinariamente ha sido conceptualizado como un derecho individual que corresponde a  los accionistas, relativo a percibir un  bene?cio económico, de forma más o  menos regular, en relación a las utilidades  que tenga la sociedad.
 

Contador Público Certificado Mario Rizo Rivas    
Lic. Alejandra Jaime de la Peña

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