Notario Rogelio Aceves Barajas

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Hoy en día resulta obligación ineludible  para la comunidad pensante de nuestro  país, el reflexionar seria y profundamente sobre cuáles deben ser el total  de las reformas legales que la sociedad  mexicana debe impulsar para alcanzar  la esperada superación económica,  social y política en nuestra nación,  mediante una real y efectiva reforma  del Estado Mexicano. 
 

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Todos los pueblos han necesitado su cohesión y unidad previas. Para poder hacer frente a los peligros que provienen y a los grandes requerimientos de independencia e igualdad que derivan de la vida interior.
La historia de los movimientos sociales en busca de esa solución, es la historia del Derecho Constitucional.
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Necesidad de reformas al código civil de procedimientos civiles y al reglamento del registro público de la propiedad, para el solo efecto de que las informaciones de dominio sean optativas tramitarlas en la vía judicial o administrativa

 

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Deben reformarse los artículos 2961 y 2970 del Código Civil del Estado para que sea obligatoria la inmatriculación de los inmuebles, cuando se cuente con títulos fehacientes, debiendo realizarse en la vía admnistrativa y sin necesidad de resolución judicial

La exigencia de que toda inmatriculación de inmuebles en el Registro Público de la Propiedad, se realice mediante calificación de procedencia y resolución de autoridad judicial, data del día 10. de abril de 1981 y ello ha obligado a los gobernados a tardados y costosos trámites ante los Tribunales, sin que ello socialmente tenga justificación alguna y por otra parte, va en clara contradicción con la política de simplificación administrativa que el pueblo reclama y en la cual está empeñado el Gobierno del Estado de Jalisco.

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Si bien en el año de 1981 se dio un gran pasó para agilizar y simplificar la prestación del servicio registral, a lograr mediante reformas al Código Civil y la expedición de documentos que substituyo al de transcripción en libros de un extracto del documento presentado para su registro, y colateralmente se inicio un doble sistema de Índices Kardex, uno por denominación o nomenclatura del predio y otro por nombre del propietario o titular registral, que permitirán en razonable plazo, así se planeo en esa fecha contar con los datos informativos necesarios para la integración de un banco de información conteniendo el historial registral de todos y cada uno de los inmuebles...
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