Editorial Podium 30

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La campaña gubernamental orientada al fomento de la cultura de la legalidad, ha resaltado la importancia y trascendencia del Testamento; por ello, Septiembre, mes de la Patria, ha sido reconocido, además, como mes del Testamento.
 

Notario Eleuterio Valencia Carranza

Reconocimiento éste que, en nuestra opinión, resulta encomiable por cuanto que el derecho a otorgar testamento se entiende como una prerrogativa y, a la vez, una proyección de los derechos de personalidad precisados por los artículos del veinticuatro al cuarenta del Código Civil del Estado de Jalisco.

Toda persona mayor de dieciséis años de edad a quien la ley no le prohiba expresamente dictar su testamento, está capacitada para otorgarlo, manifestando en él sus afectos, y así disponer, para después de su muerte, no solo de su patrimonio económico, sino también de derechos de otra naturaleza, como la disposición parcial o total de los órganos y tejidos de su cuerpo con ?nes terapéuticos, de enseñanza o investigación para el bene?cio de otros seres humanos, con la seguridad de que su última voluntad será respetada por el imperio de la ley, siempre que el testamento se hubiere otorgado ante notario, precisamente como un claro reconocimiento a la inveterada con?anza que la sociedad tiene en el fedatario público de mérito.

Ciertamente en el acto jurídico de última voluntad se cifra y re?eja la personalidad de su autor, pues como decía Toullier:

“... es una facultad preciosísima por la cual a menudo el hombre se eterniza, una facultad que, por otra parte, responde a un sentimiento natural del alma, siendo así el más dulce consuelo del moribundo”


A diferencia de otros actos jurídicos, el testamento produce sus efectos cuando su autor ha fallecido; por ello, cobra especial signi?cado la institución del Notariado, dada la con?anza que la colectividad ha depositado en el Notario, así como la presencia histórica como testimonio de la verdad.

El reconocimiento público al ejercicio del notariado, nos obliga a honrar tan noble profesión, conservando y acrecentando la equidad y legalidad como atributos esenciales de la actuación notarial, de tal modo, que la población encuentre en nuestro quehacer profesional a una institución digna de fe y con?able, que documenta y expide testimonios de hechos ciertos, revestidos de legalidad y, por ello, validos por sí mismos para hacerse respetar frente a terceros, dando así cumplimiento a nuestra responsabilidad social, desempeñando en forma personal nuestras funciones fedatarias, y luego trascender en el tiempo, dejando ?el testimonio de nuestra cali?cada actuación.

El Director

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