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Estimados colegas Notarios:

Comparezco ante ustedes a informar sobre las actividades realizadas durante este primer año de ejercicio por el Consejo que me honro en presidir.

Además de las actividades ordinarias e este Consejo, así como de los eventos académicos y sociales en los que ustedes han participado, procedo a efectuar un análisis de las principales acciones emprendidas.
 

Notario Lorenzo Bailón Cabrera
Presidente del Colegio de Notarios

Defensa de la institución

Previo al inicio de nuestra gestión, fuimos sabedores de la existencia de una iniciativa para reformar la ley del Notariado, en la que, se contemplaba la desaparición de la figura del notario suplente y su conversión en notarios titulares.

Nuestro Consejo, externó su posición sobre este punto: no cuestionar ese segmento a modificar; sin embargo, también señalamos nuestra inquietud y preocupación porque en la iniciativa se perfilaba el ataque a la esencia de los principios fundamentales que rige la institución notarial.

Nos preocupaba que la imagen del notario era afectada al exigir la revisión médica bianual; el procedimiento inquisitivo para sancionar las conductas del notario; el ataque frontal al Consejo Notarios y la sanción por no insertar certificado registral, no obstante la asignación presupuestal insuficiente para el Registro Público de la Propiedad.

Así las cosas, la primera acción realizada fue procurar entrevista con los señores congresistas suscriptores de la iniciativa de ley. Sin embargo, no obstante las reiteradas gestiones que en forma directa se realizaron, jamás, fueron escuchados nuestros planteamientos.

Queríamos que Jalisco, pionero en la legislación notarial, contase con un ordenamiento acorde a su tradición, al momento actual y con proyección hacia el futuro.

Aprobado que fue el dictamen de ley y puesto a consideración de la membresía de nuestro Colegio, resultó "que 220 de sus miembros expresaran documentalmente su inconformidad", por considerarla atentatoria a los derechos fundamentales del Notariado Jalisciense.

Además en sesión informativa, se instruyó al Consejo para que hiciera uso de todos los medios jurídicos a su alcance para combatirla, pero sin cuestionar la reforma contemplada con la desaparición de la figura del notario suplente, desde ese momento que para nosotros ello constituía un capítulo cerrado.

En base a lo anterior, además de cumplir con la obligación que nos impone nuestro ordenamiento para defender los legítimos intereses del Notariado, se promovió juicio de amparo por la institución :: se brindó apoyo a los compañeros notarios que así lo solicitaron.

En primera instancia, se ha resueno que en principio no causa agravio alguno las disposiciones impugnadas por mera expedición, por lo que ten que esperar al primer acto de aplicación de la norma para su impugnación, sin embargo, por considerar que la ley afecta sus derechos por la simple expedición se promovió su revisión y se encuentra en espera de lo que resuelva en última instancia el máximo interprete de la Ley que es el Poder Judicial Federal .

Asimismo, siendo los Notarios depositarios de los secretos mas preciados de la sociedad y teniendo la obligación de cuidar el patrimonio moral de nuestra institución, estimamos que hubiese sido irresponsable entrar a la controversia periodística, salvo el ejercicio del derecho a la información, porque estamos convencidos que la única opinión que nos interesa es la particular de ustedes los notarios.

Los cambios incorporados a esa legislación, han propiciado entre otras cosas, que los pobladores del norte del Estado carezcan actualmente del servicio notarial; y que al extremarse los rigores para el otorgamiento de instrumentos públicos, se acrecente la invasión a nuestro territorio de notarios de Estados circunvecinos, lo que contraría el espíritu de garantizar la seguridad jurídica.

Esta ley ya tiene una vida crónica, pero tenemos la certeza de que no perdurará.

En otra vertiente, informó que en el mes de abril se llegó al Senado de la República, proyecto de reformas a la Ley Federal de Correduría Pública en la que se les otorgaba a los corredores públicos competencia para actuar en toda la República, así como para intervenir en operaciones inmobiliarias.

Advertidos por un Senador de la República representante de nuestro Estado de dicha iniciativa, de inmediato lo comuniqué a la Asociación Nacional del Notariado, la que corroboró su existencia y convocó a una reunión de Presidentes de Colegios de Notarios, con el objeto de coordinar gestiones y apersonarse en el procedimiento, logrando la cancelación de ese proyecto.
Posteriormente, la semana que hoy concluye, otro Senador de la República nos hizo llegar lo que se considera el proyecto actualizado o final de una reforma que adiciona con una fracción XXIX-L (veintinueve, ele) el artículo 73 de nuestra Carta Magna, en que según la opinión de nuestro Consejo, implícitamente la Federación se irroga facultades en materia de fe pública notarial para coordinarla con las entidades federativas a efecto de normar nuestra actividad fedataria con grave invasión a la esfera de las atribuciones de los Estados y asumiendo facultades que por origen le corresponden a éstos.

Esta reforma trae aparejada la expedición posterior de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación entre la Federación, los Estados y el Distrito Federal en Materia del Notariado de la que se desprende un ataque frontal a la Ley del Notariado, centralizando la función notarial y por lo tanto para el otorgamiento de patentes, adscripción regulación de la actividad y aún la sanción, privando a los Estados de facultades exclusivas de acuerdo a nuestro pacto Federal.

El propio Senador de la República nos pidió, que tanto el Consejo de Notarios como la membresía de nuestro Colegio, emitiera opiniones sólidamente sustentadas desde el punto de vista jurídico para presentarlas como objeciones en la Cámara.

Exhortamos a todos y cada uno de los notarios que integran nuestro Colegio, para que nos alleguen sus opiniones que de inmediato canalizaremos al Senado de la República.

Contrariamente a lo que se pudiese dar de que estas cuestiones han consumido gran parte de nuestro tiempo considero que no ha sido tiempo perdido, que tengo la convicción personal que cualquier esfuerzo que se destine a la exenta y subsistencia de la institución será el tiempo mejor aprovechado.

Recuerdo la frase del estadista británico Winston Churchil, quien dijo: "podemos perder todo, menos el deseo de luchar y aun morir por conservar la dignidad y libertad", valores estos que siempre tendré a la vista.

No debemos tener la visión pesimista, porque este reto representa la oportunidad de escribir la historia para subsistencia de Nuestra Institución.

Ajustes a las disposiciones legales

Toda legislación tiene un fin y a esa tarea nos hemos dado.

Quiero referirme a inquietudes que nos han transmitido compañeros notarios con motivo de las últimas visitas efectuadas por la Procuraduría General de Justicia del Estado.

La primera de ellas, en cuanto a la irregularidad que se hace constar por la representación social debido a la ausencia de celebración de convenio de asistencia, cuando, no existe convenio de asociación notarial, sin tomar en cuenta que dicha omisión no puede ser sancionable al notario visitado, toda vez que de acuerdo con la ley que nos rige, corresponde precisamente al Consejo de Notario s hacer la asignación respectiva.

Por otra parte, resulta incongruente imponer en la ley el término de sesenta días para la celebración del convenio referido, cuando quien hubiere sido suplente tuvo noventa días para decidir su status, de lo que resulta claro que no se estaba en la posibilidad legal de celebrar el convenio en la temporalidad indicada.

En segundo lugar la intención de las Autoridades Estatales de pretender que los notarios que desde el año de 1995 habían fijado su domicilio notarial en un municipio de la zona metropolitana diverso al de su adscripción, lo reubicarán en el de su asignación a partir de la vigencia de las reformas, se traduce en dar efectos retroactivos a la ley en perjuicio del Notario interesado, lo que indiscutiblemente violenta sus Derechos Constitucionales, sin tomar en cuenta la disposición transitoria que los legitimó en su momento y que desde luego debe subsistir, habida cuenta que de lo contrario, hubiere sido menester un artículo expreso que lo derogara, como así ocurrió con la suspensión para la inserción en los instrumentos públicos del certificado de gravámenes registral.

Sobre el particular debo informar a ustedes que el día de ayer el Director del Archivo de Instrumentos Públicos, me comunicó telefónicamente Ía emisión del oficio 1718, mediante el cual se reitera el criterio esbozado con anterioridad, el que nos será entregado el próximo lunes y se pondrá desde luego a su disposición.

Patrimonio

Manifestamos a ustedes que se ha procurado el uso eficiente de los activos de nuestra organización, reduciendo el gasto de operación.

Es de hacer notar que después de nueve años de uso de instalaciones, nuestro Colegio requería para su conservación de operaciones de mantenimiento mayor como: impermeabilización, tratamiento de maderas, tapices y restauración de pisos, pintura y jardinería.

Igualmente se procedió a la sustitución del sistema de cómputo, además de integrarse en red, contándose actualmente con todas las licencias necesarias para su uso, además de haberse adquirido un nuevo equipo de sonido para éste auditorio.

Mutualidad

Al día 30 de noviembre anterior, ha alcanzado la suma de $3'263,585.34 (tres millones doscientos sesenta y tres mil quinientos ochenta y cinco pesos 34/100), lo que ha permitido el incremento del beneficio otorgado a la cantidad de $50,000.00, además de que éste puede ser cubierto con los rendimientos, sin afectar el capital. Esperamos encontrar los mecanismos para la consolidación plena de éste proyecto.

Adición en los servicios prestados por este colegio Un reconocimiento al personal administrativo de éste Colegio, por la mejor buena voluntad manifestada ya que, a solicitud de varios compañeros, sobre todo del interior del estado, a partir del mes de abril se amplió el horario de atención durante la jornada sabatina.

Dando continuidad a los avances tecnológicos, se ha logrado tener un sitio de consulta electrónico, el cual nos permite tener una comunicación veraz y oportuna, necesaria para nuestro quehacer notarial, tanto con la membresía como con Instituciones Públicas y Privadas.

Esperamos que en fecha próxima se haga realidad el cumplimiento de la ley del Registro Público de la Propiedad en cuanto a la obligatoriedad de informar a los Notarios de las causas que pueden motivar la devolución de testimonios, para que sin perder la prelación puedan ser subsanadas esas inconsistencias y se realice por este medio electrónico.

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Informe del Primer Ano de Actividades del Consejo de Notarios 2001-2003.pdf794.95 KB