El carácter de Accionista de una sociedad Anónima no se acredita con la Escritura Constitutiva, sino con los títulos de?nitivos o, en su caso, con los certi?cados provisionales.
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Notario Manuel Bailón Cabrera
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En el Registro Público de Comercio se ha adoptado el criterio de veri?car y registrar el movimiento accionario de las sociedades mercantiles cuando se inscriben escrituras que formalizan acuerdos de accionistas.
Este registro accionario no tiene apoyo en disposición legal alguna, por otra parte, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Sociedades Mercantiles en los artículos 128 y 129, en el Registro Accionario deberá llevarse en las propias sociedades emisoras.
ACCIONISTAS. NO SE ACREDITA ESE CARÁCTER CON EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA, SINO CON LOS TÍTULOS DEFINITIVOS DE LAS ACCIONES O, EN SU DEFECTO, CON LOS CERTIFICADOS PROVISIONALES.- De conformidad con lo previsto en el artículo 111 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se advierte que para acreditar ser accionista de una sociedad anónima, deberán presentarse los títulos nominativos correspondientes, sin embargo, toda vez que el diverso artículo 124 de la propia ley determina que mientras se entregan los títulos de?nitivos de las acciones, se podrán expedir certi?cados provisionales y, en esa virtud, con ellos será factible justi?car el carácter de socio, es evidente que cuando con esa calidad se ejerce un derecho, resulta indispensable presentar los títulos aludidos, o bien, los certi?cados provisionales a ?n de demostrar dicha legitimación, de tal manera que el acta constitutiva de la sociedad anónima, por sí misma, no es la idónea para acreditar el carácter de accionista.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.- Novena Epoca.- Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XX, Julio de 2004 Tesis: I.6o.C.319 C, página: 1622 Materia: Civil Tesis aislada.- (i) Amparo directo 1386/2004. Sucesión de Francisco Sánchez Rodríguez. 11 de marzo de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo R. Parrao Rodríguez. Secretario: Alfonso Avianeda Chávez. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, abril de 1997, página 41, tesis 1a. XIII/97, de rubro: “ACCIONISTA. MEDIOS DE PRUEBA PARA ACREDITAR ESE CARÁCTER.” y Semanario Judicial de la Federación, OctavaÉpoca, Tomo I, Segunda Parte-1, enero a junio de 1988, página 43, tesis de rubro: “ACCIONISTAS DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA. EL ACTA CONSTITUTIVA POR SÍ SOLA NO ACREDITA EL CARÁCTER DE SOCIOS, CUANDO SE TRATA DE ACCIONES AL PORTADOR.”