El germen de la nueva era global se sembró, según mi apreciación, en 1972, cuando el Air Force One, con Richard Nixon a bordo, aterriza en el aeropuerto de Pekín hoy Beijín. |
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En aquella ocasión, Nixon sentenció, “Hemos estado aquí una semana. Ha sido una semana que ha cambiado al mundo.”
El presidente norteamericano tuvo razón. Hoy China, con sus más de mil millones de habitantes, con mano de obra abundante y enormes recursos naturales está en vías de convertirse en el país más poderoso del planeta al insertarse en la economía global.
El mundo, transita por un camino de globalización de acontecimientos y de comercio.
Los acontecimientos se sucedieron uno tras otro. Perestroika que signi?có (reestructuración económica), Glasnost (apertura política); desmoronamiento del bloque socialista, solidaridad, muro de Berlín; derivado de este proceso, el comercio se globalizó como jamás lo había consignado la historia.
En la economía, el comercio y la inversión se liberalizaron.
Hoy, las fuerzas políticas y económicas de casi todos los países creen ?rmemente que con apertura, tendrán crecimiento; que con el acceso al libre comercio y a la inversión, con políticas macroeconómicas sanas, desregulaciones internas, inversión en educación, salud y preparación de capital humano podrán alcanzar una próspera economía, superar sus rezagos y con ello el desarrollo anhelado.
La economía y la política son los factores que cambian al mundo y que necesariamente inciden en la nueva era global.
La dialéctica, como motor de avance, pone en el terreno de las discusiones: libre comercio y derechos de los trabajadores con adopción global de un conjunto homogéneo de normas laborales básicas y restricciones comerciales; libre comercio contra normas ambientales estrictas, al considerar que las actividades económicas provocan deterioro ambiental. De estas discusiones la era global acuña nuevas de?niciones: globalifóbicos y globalifílicos.
No obstante lo anterior el efecto globalizador sigue en marcha.
La globalización no tiene ahora fronteras económicas. Representa el mayor reto jamás lanzado a la humanidad. La globalización es un fenómeno que todo toca, el derecho no es la excepción. Está provocando en el ámbito jurídico la evolución de normas no escritas hacia reglas generales establecidas a través de convenciones, leyes modelo, guías o recomendaciones.
Los negocios transfronterizos requieren de una nueva estructura jurídica que agilicen el intenso trá?co comercial.
La transformación de los derechos nacionales es obligada en busca de certeza jurídica.
Las transacciones son más novedosas que nunca. Ahora se realizan utilizando la electrónica, la informática y la robótica.
Las nuevas formas de comercio traen consigo nuevos problemas jurídicos y todo ello requiere de nuevas soluciones legales.
Ahora, las disciplinas del derecho, que en muchas ocasiones se llegaron a entender como “autónomas”, convergen para resolver casos concretos, así tenemos al derecho ambiental, al comercial, al de protección al consumidor, las acciones de clase, el Derecho Privado, el Derecho Público, el Derecho Internacional Privado.
Pero eso no es todo, ahora los diversos sistemas jurídicos, el románico y el del common law se funden y coexisten formando una nueva regulación comercial internacional.
Surge un nuevo derecho, aquél de leyes uniformes sobre temas especí?cos, en algunos casos impulsadas por las Naciones Unidas, como la convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías.
El Instituto Internacional para la uni?cación del Derecho Privado (UNIDROIT) y la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL) han trabajado en leyes modelo, tratados, normas e instrucciones para dar certeza y seguridad jurídicas al intercambio comercial pugnando por establecer los principios aplicables a los contratos internacionales para regular las reglas aplicables a estos en cuanto a formación, validez sustantiva, interpretación y cumplimiento.
México no se ha abstraído de la mundialización del comercio y es claro ejemplo de que, para desarrollarse, debe crecer y esto se logrará con un intenso comercio hacia el exterior.
En el último tercio del ?n del siglo XX, nuestro país pasó de ser una de las economías más cerradas del mundo a una de las más abiertas y activas tal y como se destaca en la lámina que ahora vemos, el punto de partida se registra desde nuestro ingreso al GATT en 1986, pasando por los tratados de libre comercio con Chile, Estados Unidos y Canadá, con los países de Centroamérica, Israel, Unión Europea, Noruega, Suiza y Uruguay y la pertenencia a las organizaciones económicas más importantes del mundo como la (OMC) Organización Mundial del Comercio, (APEC) Países de la Cuenca del Pací?co, y la (OCDE) Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos.
Nuestro país, además de los TLC’s que comprenden bienes, inversiones y servicios y cuyo objetivo es la desgravación de la totalidad de los bienes, ha celebrado diversos tipos de acuerdos comerciales como los APPRI’s que son los Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, y los ACE’s que son los Acuerdos de Complementación Económica cuya función se dirige a la desgravación de un sector de bienes.
Así, el moderno mapa comercial de México se ha mundializado, utilizando diversas estrategias comerciales, como se advierte de la ilustración que ahora presento.
Con la apertura comercial, México se ha convertido en la primer potencia exportadora de América Latina (ver lámina) y ha triplicado sus exportaciones desde el ingreso al TLCAN convirtiéndose en una auténtica potencia mundial en materia de exportación, revirtiendo la tendencia casi mono exportadora de petróleo a un importante exportador de manufactura alcanzando en la actualidad el 85% en ese sector exportador.
Nuestro país debe enfrentar el reto de la nueva economía y para ello necesita un sistema legal apropiado ya que los negocios internacionales requieren de una estructura jurídica que agilice el intenso trá?co internacional.
Las herramientas para el comercio son ahora diversas. Surge la Internet con una trascendencia enorme para el trá?co comercial instantáneo.
La red de redes facilita el acceso a un mercado global que permite nuevas formas de hacer negocio, optimiza los procesos y reduce los costos.
La forma de contratación vía electrónica requiere de seguridad y certeza jurídicas. Así, el 27 de noviembre de 2003 entró en vigor una reforma al Código de Comercio que tiene como objetivo la protección del documento electrónico.
Con las reformas se busca complementar el esquema probatorio del documento electrónico conforme a la ley modelo de UNCITRAL y se formaliza la ?gura de prestación de servicios de certi?cación reconociéndose los emitidos en el extranjero.
La participación del Notario es muy importante, ahora puede ser el certi?cador de dichos documentos electrónicos de negocio y que debiera ser de identidad. He escuchado que la invasión de las normas modelo a nuestro Derecho Nacional, en algunas ocasiones resta facultades y dignidad a la función notarial. En el caso que ahora comento no lo creo.
Documento, que deriva de docet, enseñar, mostrar, tiene varias formas y ahora, entre ellas, surge el documento electrónico por tanto al considerar al Notario con la facultad de certi?cador de dichos documentos se le rati?ca su capacidad de dar fe de actos, negocios y hechos jurídicos a los que se deba o quiera dar autenticidad y seguridad jurídica conforme a las leyes.
La actividad del Notario en el mundo globalizado no se limita a certi?car documentos electrónicos. Ahora tiene un radio de acción en casi todo el orbe. Puede actuar, gracias a la mundialización del comercio, para 6,300,000,000 seis mil trescientos millones de habitantes que viven en 184 países y para mas de 10,000 diez mil organizaciones internacionales.
La intervención ahora se destaca en los proyectos comerciales, inmobiliarios, ambientales con el cuidado y protección jurídica a la atmósfera, a las aguas y a la tierra exigiendo cumplimiento de las legislaciones sobre residuos; también participa en revestir de certeza jurídica en el Derecho de Familia, reconocimiento de la personalidad y para ello tenemos como ejemplo el Protocolo de Washington, en la seguridad jurídica del tránsito de personas y mercancías, en ?n de toda actividad a la que se le quiera dotar de seguridad jurídica.
La función notarial ahora puede insertarse en el marco de la función preventiva de litigios y de defensa para el patrimonio de su país.
Los tratados de libre comercio exigen claridad y respeto a las inversiones, los Notarios Públicos deben coadyuvar para que los contratos se instrumenten debidamente, de no hacerlo así las consecuencias pueden ser desastrosas. Basta remitirnos al Artículo 1110 del TLCAN para darnos cuenta de lo que ahora comento.
Con la debida intervención del Notario éste se convierte en un dique a la corrupción y con ello se aumenta la posibilidad de negocio para sus connacionales.
La actividad notarial no debe representar una barrera no arancelaria al comercio, deben implementarse normas que permitan la rápida y segura realización de los actos jurídicos.
La salvaguarda de la seguridad, la armonía, la justicia y su ?n, la paz social, estarán garantizadas en la nueva estrategia global con un consejo oportuno del Notario como conocedor del derecho nacional y sus implicaciones en los derechos internacional público y privado. El consejo del Notario debe, en su versión moderna, extenderse sin restricción a todas las materias jurídicas y dominar todas las dimensiones que la consulta le demande, tal y como fue considerado en el XXII Congreso del Notariado Latino.
El consejo del Notario informa sobre la causa jurídica y ayuda a realizar la voluntad de las partes concentrándose en las necesidades legítimas del consumidor jurídico.
La tarea del Notario ahora debe ser activa. Deberá procurar, en el nuevo contexto globalizado, formar parte de los paneles internacionales de mediación y arbitraje.
El Notario con su prudencia y conocimiento sabrá armonizar los intereses divergentes, servirá en la restauración de la paz jurídica y social, auxiliará efectivamente a los tribunales nacionales o supranacionales y ayudará a la producción de una solución propia de las partes. El Notario, gracias a su probada capacidad de moderador entre las partes, está especialmente capacitado para ser un mediador, a esa noble actividad deberán dirigirse los esfuerzos de los Notarios.
En materia de arbitraje los Notarios tendrán que insertarse en los paneles correspondientes, ya que, en muchos de los casos, parte del objeto de las controversias surgen respecto de documentos en donde se consignan actos jurídicos formalizados por Notarios, por ello considero, ahora es indispensable que en ese contexto se busque una participación activa y profesional en las decisiones arbitrales, al existir temas especializados en materia notarial.
Los Notarios tenemos que in?uir en las leyes modelo, guías o recomendaciones respecto de la interpretación y creación de los contratos resultantes de la globalización de la economía ya que el Notario, al participar en la confección de dichos contratos es un auténtico creador del derecho.
Como vemos, los Notarios tenemos mucho que aportar. El siglo XXI nos presenta un verdadero desafío, un desafío mundial.
Los Notarios tenemos un compromiso ineludible, brindar la seguridad y certeza jurídicos. Tenemos una ardua labor que estoy seguro sabrán cumplir con la responsabilidad histórica que nos corresponde, debemos contar con el conocimiento, calidad, honestidad y la con?anza absoluta del usuario del Servicio Notarial. En esta hora crucial en que se forman los criterios, se realizan nuevas y amplias formas de contratación en razón de la globalización de las ideas, del trabajo, de la economía y de los acontecimientos la intervención del Notario debe ser activa, es nuestra responsabilidad unir la acción al pensamiento por ello cabe para mis compañeros Notarios la divisa que reza en el escudo universitario de mi queridísima Alma Mater.
Piensa y Trabaja
Muchas gracias.
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El Notario una Vision en la era Global .pdf | 195.17 KB |